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Las contribuciones: ¿qué son y por qué se pagan?

Cuando hablamos de adquisición de propiedades en Chile, existe un  impuesto o contribución territorial, que deben pagar los propietarios de bienes raíces, bien sea de carácter agrícola o no agrícola, siendo estos últimos las casas, departamentos, estacionamientos y bodegas. El pago de contribuciones es un tema muy importante que puede que desconozcas si es la primera vez que compras una propiedad, por lo que en esta publicación te contamos al respecto.

¿Quién recauda las contribuciones?

Para comenzar, debes saber que la Tesorería General de la República es la entidad encargada de hacer el recaudo de las contribuciones, a través del Servicio de Impuestos Internos.

Esta entidad efectúa dicho cobro a través de cuatro cuotas trimestrales. El cobro de estas contribuciones vence el día 30 de los meses abril, junio, septiembre y noviembre. El medio por el cual se informa cada una de las cuotas es vía email o a la dirección postal o predial, que se encuentre registrada en el SII para la propiedad.

Otro aspecto importante es que no todos los dueños de bienes raíces debe pagar las contribuciones, ya que la ley indica que deben hacerlo solo aquellos cuyo bien raíz tiene un avalúo fiscal mayor a $33.199.976. Es decir, quienes tengan una propiedad con un avalúo fiscal menor a esa cantidad, no debe pagar contribuciones. Además, existe un beneficio adicional para quienes tienen propiedades DFL2, quienes también gozan de descuentos en sus contribuciones si cumplen con las características de este tipo de bienes raíces. (Puedes leer más sobre departamentos DFL2 en este link).

Además, es importante considerar que los estacionamientos y bodegas pagan contribuciones de forma separada a los departamentos, aunque hayan sido compradas al mismo tiempo y estén consideradas en la misma escritura.

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¿Cómo se calculan las contribuciones?

Para calcular las contribuciones a pagar por el bien raíz, el Servicio de Impuestos Internos entrega una fórmula donde se toma en consideración el avalúo afecto a impuesto, una tasa anual y una sobretasa que varía según la ubicación de la propiedad. Una de estas últimas es la sobretasa fiscal del 0,025% y la otra es la sobretasa del 100% a sitios no edificados, pozos lastreros y propiedades abandonadas; estas dos últimas solo en los casos que corresponde su aplicación.

De todas formas, en el sitio web del SII es posible conocer el valor de las contribuciones ingresando el «Número de Rol de Avaluo» de un bien raíz. Este número de rol se te entrega junto a la inscripción de tu propiedad y se encuentra especificada en tu contrato de compra y el resto de los papeles asociados.

En esta página web (www.sii.cl) también se puede efectuar el pago de las cuotas usando distintos medios de pago, como tarjetas de crédito o transferencia bancarias. También es posible hacerlo directamente en el banco o distintas instituciones autorizadas.

Un tema importante a considerar es que en Chile los departamentos DFL2 poseen un beneficio tributario relacionado al pago de contribuciones, en que se hace un rebaja del 50% del precio a los departamentos de menos de 140 metros cuadrados, por un periodo de tiempo que depende del tamaño del departamento. Para más información de éste y otros beneficios de los DFL2, entra en este post.

¿A dónde va dirigido el dinero?

Una parte de estos impuestos se destina a un fondo común de contribuciones y el resto es entregado a las municipalidades, las que destinarán estos ingresos para diferentes proyectos en la zona, permitiéndole realizar mejoras urbanas que beneficien a la comunidad.

Las contribuciones suplementarias 

Cuando se realizan modificaciones a la propiedad, como por ejemplo, el cambio de uso de residencial a comercial, una ampliación, o nuevas construcciones o instalaciones, existen  cobros adicionales que se generan debido a que el valor del avalúo aumenta. A esto se le llama contribuciones suplementarias que también deberás pagar en caso de que te corresponda, y dicho pago se realiza en junio y diciembre de cada año.

¿Qué pasa si no cumplo con el pago éstas?

Si te atrasas con una de las cuotas, tendrás que pagar un interés por el atraso. Una vez cumplido un año de incumplimiento de este pago, se da inicio a cobranzas judiciales. Si en estas cobranzas tampoco se paga las contribuciones adeudadas, se pasa a una última instancia en que se procede a embargar el inmueble, el cual, incluso, podría ser rematado para saldar la deuda.


Como ves, el pago de contribuciones es un aspecto muy importante a tener en cuenta cuando das el gran paso para invertir en tu primera, segunda, tercera o décima propiedad inmobiliaria. Aunque no significa un gasto excesivo, deberás considerarlo en tu presupuesto anual para poder prepararte con tiempo a este pago extra.

Mantenerte informado de todos los detalles que traerá esta adquisición evitará que te encuentres con sorpresas innecesarias al pasar el tiempo.

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